Revista de Prensa


· 28-09-2014

El corte estético de rabos y orejas a los perros se prohibirá de forma general en todas las comunidades autónomas tras la adhesión de España al Convenio Europeo de Protección de Animales de Compañía del Consejo de Europa, tras su aprobación en Consejo de Ministros el pasado viernes, 25 de septiembre, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Este Convenio es el marco jurídico para los 47 países miembros del Consejo de Europa, incluyendo los 28 de la Unión Europea, en el que se establecen los principios básicos para asegurar la protección de los animales de compañía y las obligaciones, tanto de las administraciones como de los particulares.

De acuerdo con el Convenio, toda persona que tenga un animal es responsable de su salud y bienestar, por lo que estipula que la cría, custodia y comercio de animales la deben realizar personas con los conocimientos adecuados.

De acuerdo con los términos del Convenio, se limita el uso de animales de compañía en publicidad y espectáculos, de forma que no se ponga en peligro su salud y bienestar. Por otra parte, se prohíben las intervenciones quirúrgicas cuyo objetivo sea modificar la apariencia de los animales o conseguir otros objetivos no curativos, como el corte de rabo y orejas, práctica ya prohibida expresamente en las comunidades de Aragón, Andalucía, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Murcia y Navarra, mientras que en el resto ha estado permitida o no se hacía mención expresa. Según este Convenio, las excepciones a estas prohibiciones se permitirán solamente si un veterinario considera procedimientos no curativos necesarios, ya sea por razones médicas o veterinarias en el interés de un animal individual.

Tras esta autorización del Gobierno, el Convenio será remitido a las Cortes Generales. Una vez que se supere la última fase de su tramitación, España será el Estado miembro de la Unión Europea número 18 adherido a dicho Convenio.