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Cambio legislativo sobre la responsabilidad por accidentes causados por fauna silvestre
El congreso ha aprobado el Proyecto que modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Entre las principales novedades que presenta se incluye la modificación de la disposición adicional novena relativa a la responsabilidad por accidentes causados por fauna cinegética estableciéndose que, con carácter general, esta recaerá en el conductor del vehículo.
| · 22/12/2013
Esta modificación establece que los cazadores podrán ser declarados responsables sólo en los casos en los que el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva. La responsabilidad podrá recaer en el titular de la vía si el siniestro se atribuye a deficiencias en la reparación de vallado existente o falta de la señalización en tramos con alta siniestralidad por colisión de vehículos con animales.

La legislación vigente hasta ahora suscitó un amplio debate y no pocas polémicas. Con frecuencia, la responsabilidad recayó sobre los titulares de los terrenos cinegéticos aún cuando el accidente no pudiera relacionarse con un acto directo de caza y por ello comportó un largo historial de conflictos y reivindicaciones por parte del colectivo de cazadores.

El texto de la nueva disposición adicional novena sobre Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas queda como sigue:

En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.

No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido veinticuatro horas antes de aquél.

También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos.


En este nuevo marco legal cobra mayor interés la identificación de los tramos de concentración de accidentes en los que se ven implicadas especies cinegéticas, que ya se ha llevado a cabo en algunas zonas (ver aquí noticia en el anterior boletín). Este nuevo redactado conlleva que la responsabilidad se traslade ahora en muchos casos a los conductores y las aseguradoras, con lo cual cabría esperar una mayor atención en la conducción y respeto a las señales de advertencia por riesgo de presencia de fauna silvestre.


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