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Condenada la Generalitat a pagar indemnización por prohibir la caza en Hondo

El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha condenado a la Generalitat a pagar 151.900 euros de indemnización a la Comunidad General de Regantes Riesgos de Levante por los perjuicios ocasionados por la prohibición de caza en el coto del Hondo de Elche en la temporada cinegética 2011-2012.

| · 24/8/2015

El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha condenado a la Generalitat a pagar 151.900 euros de indemnización a la Comunidad General de Regantes Riesgos de Levante por los perjuicios ocasionados por la prohibición de caza en el coto del Hondo de Elche en la temporada cinegética 2011-2012.

Así lo ha estimado este tribunal en una resolución después de aceptar el recurso contencioso-administrativo presentado por la citada comunidad tras la desestimación administrativa de la Conselleria de Medio Ambiente a la reclamación por daños y perjuicios.

El parque del Hondo dispone de 1.640 hectáreas de superficie cinegética que en 1978 pasaron a ser propiedad de la comunidad de regantes, si bien en la temporada 1993-1994 la Conselleria suspendió la actividad de caza en la zona debido a una fuerte sequía.

Esta prohibición se mantuvo los siguientes años, lo que llevó a la comunidad de regantes a interponer recursos desde 1997 hasta 2002, pronunciándose en todos ellos favorablemente el Tribunal Supremo y estableciendo en 85.266 euros la cuantía indemnizatoria.

A partir de ese último año, ambas entidades suscribieron un convenio de colaboración que fijó la cuantía a percibir por el perjuicio causado en 120.000 euros, en 110.000 los dos siguientes años y en 200.000 euros desde el 2005 hasta el 2010.

Sin embargo, desde ese año ya no se contempla indemnización alguna, a pesar de mantenerse la prohibición de caza por parte de la Generalitat, siendo la temporada 2011-2012 el objeto del actual recurso.

Posteriormente, la ley de presupuestos para el ejercicio 2012 volvió a establecer una ayuda genérica para la realización de actividades en El Hondo por importe de 127.392 euros y, en ella, se fijó la cantidad de 48.100 euros en concepto de indemnización para la suspensión de la actividad cinegética.

Ésta cantidad fue aceptada por la parte demandante en concepto de entregada a cuenta por el total solicitado -200.000 euros-, por lo que la sentencia del TSJCV obliga ahora a la Generalitat a pagar el montante restante, es decir, 151.900 euros.

En su defensa, la Generalitat alegaba que la situación jurídica del coto había cambiado desde el 2010 con la aprobación del acuerdo del sistema de zonas húmedas del sur de Alicante como proyecto medioambiental estratégico.

Éste, a través del Decreto 31/2010, incluía este coto de caza del parque natural del Hondo en la Zona I de espacios naturales de protección especial, designación que prohíbe la caza dentro de sus límites.

Finalmente, la sala ha considerado que, con los convenios anteriores, la administración reconocía el derecho de la comunidad de regantes a percibir una indemnización y, "en aras a la unidad de la doctrina", ha fallado que deberá pagar las cantidades arriba mencionadas.

Contra esta decisión aún cabe recurso de casación.

 



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